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Trabajadores a los que se les termina el contrato de trabajo o les despiden en situación de incapacidad temporal

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Se me termina el contrato de trabajo o me despiden y estoy en situación de incapacidad temporal. En este momento el responsable del pago de la incapacidad temporal (IT) será la Mutua en la modalidad de pago directo, previa solicitud del trabajador.

Diferenciamos dos situaciones:

Si la baja médica ha sido ocasionada por contingencias comunes (enfermedad común o accidente no laboral)

 

-Mediante la web de Mutua Navarra

  • En la pantalla 3 de la solicitud, seleccionas motivo “Me encuentro de baja médica por Contingencias Comunes y durante ésta, he finalizado el contrato”
  • Documentos a adjuntar: DNI; Titularidad de la cuenta; Carátula de la declaración de la renta en la que se incluyan los hijos a cargo para el cálculo de los topes de desempleo y Certificado de la empresa con las bases de cotización de los 6 meses anteriores a la fecha de baja en la empresa.

 

-De manera presencial. Solicita en Mutua una copia de los impresos, los rellenas y los presentas en cualquiera de nuestras sedes.

 

¿Cuánto cobro y cómo?

 

Cuando presentes la solicitud, si está toda la documentación completa se te enviará al domicilio que has indicado en la propia solicitud una resolución en la que te indicamos desde qué día tienes derecho y la cuantía de la prestación.

Si falta algún documento o hubiese algún otro error, se pondrán en contacto contigo para que en un plazo de 10 días subsanes dicho error o presentes la documentación pendiente.

 

Una vez que esté toda la documentación y se resuelva el pago, cobras la incapacidad temporal (IT) en la misma cuantía que el desempleo y con los topes del mismo:

  • Los 6 primeros meses el 70% de la base reguladora, aplicando los topes del desempleo (180 primeros días)
  • El resto el 60% de la base reguladora, aplicando con los topes del desempleo (a partir del día 181)

 

¡IMPORTANTE! Durante el período en el que estás cobrando la prestación de incapacidad temporal (IT) ESTAS CONSUMIENDO tiempo de desempleo. Una vez que te dan el alta médica deberás acudir al SEPE para que te regularicen la situación.

Si la baja médica ha sido ocasionada por contingencias profesionales

(accidente de trabajo o enfermedad profesional)

 

-Mediante la web de Mutua Navarra

  • En la pantalla 3 de la solicitud, seleccionas motivo “Me encuentro de baja médica por Contingencias Profesionales y durante ésta, he finalizado el contrato”
  • Documentos a adjuntar: DNI y Titularidad de la cuenta.

 

-De manera presencial. Solicita en Mutua una copia de los impresos, los rellenas y los presentas en cualquiera de nuestras sedes.

 

¿Cuánto cobro y cómo?

 

Cuando presentes la solicitud, si está toda la documentación completa se te enviará al domicilio que has indicado en la propia solicitud una resolución en la que te indicamos desde qué día tienes derecho y la cuantía de la prestación.

 

Si falta algún documento o hubiese algún otro error, se pondrán en contacto contigo para que en un plazo de 10 días subsanes dicho error o presentes la documentación pendiente.

 

Una vez que esté toda la documentación y se resuelva el pago, cobras 75% de la base de cotización del mes anterior a la incapacidad temporal (IT) desde el día siguiente a la finalización del contrato.

 

¡IMPORTANTE! Este período de cobro de incapacidad temporal (IT) NO CONSUME DESEMPLEO. Una vez que te den el alta médica, deberás acudir al SEPE a que te regularicen la situación.

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