Trabajadores del sistema agrario por cuenta ajena
Eres un trabajador del régimen agrario por cuenta ajena y caes de baja médica cobrarás en modalidad de pago directo, previa solicitud a Mutua.
Diferenciamos estas dos situaciones:
Baja por contingencias comunes
(enfermedad común o accidente no laboral)
¿Cómo solicitarla?
-Mediante la web de Mutua Navarra
- En la pantalla 3 de la solicitud, seleccionas motivo “Soy trabajador del régimen agrario”.
- Documentos a adjuntar: DNI y Titularidad de la cuenta
-De manera presencial. Solicita en Mutua una copia de los impresos, los rellenas y los presentas en cualquiera de nuestras sedes.
¿Cuánto cobro y cómo?
Cuando presentes la solicitud, si está toda la documentación completa se te enviará al domicilio que has indicado en la propia solicitud una resolución en la que te indicamos desde qué día tienes derecho y la cuantía de la prestación.
Si falta algún documento o hubiese algún otro error, se pondrán en contacto contigo para que en un plazo de 10 días subsanes dicho error o presentes la documentación pendiente.
Una vez que esté toda la documentación y se resuelva el pago, cobras en las siguientes cuantías:
- Los tres primeros días de la IT no tienes derecho a prestación.
- Del 4º al 15ª día son a cargo de la empresa a un 60% de la base reguladora.
Mutua se hará cargo de la prestación:
- Desde el día 16 de la IT hasta el 20 día, 60% de la base de cotización del mes/3 anterior/es a la IT
- Desde el día 21 en delante de la IT, 75% de la base de cotización del mes/3 anterior/es a la IT
Baja por contingencias profesionales
(accidente de trabajo y enfermedad profesional)
¿Cómo solicitarla?
-Mediante la web de Mutua Navarra
- En la pantalla 3 de la solicitud, seleccionas motivo “Soy trabajador del régimen agrario”
- Documentos a adjuntar: DNI y Titularidad de la cuenta.
-De manera presencial. Solicita en Mutua una copia de los impresos, los rellenas y los presentas en cualquiera de nuestras sedes.
¿Cuánto cobro y cómo?
Cuando presentes la solicitud, si está toda la documentación completa se te enviará al domicilio que has indicado en la propia solicitud una resolución en la que te indicamos desde qué día tienes derecho y la cuantía de la prestación.
Si falta algún documento o hubiese algún otro error, se pondrán en contacto contigo para que en un plazo de 10 días subsanes dicho error o presentes la documentación pendiente.
Una vez que esté toda la documentación y se resuelva el pago, cobras el 75% de la base de cotización del mes/3 meses anterior/es a la INCAPACIDAD TEMPORAL (IT) desde el día siguiente a la fecha de baja médica.