El BOE publicó el Real Decreto 286/2022, de 19 de abril, por el que se modifica la obligatoriedad del uso de mascarillas en interiores.
Respecto al uso de mascarillas en el entorno laboral el citado Real Decreto establece su uso obligatorio en los siguientes ámbitos:
A. En los centros, servicios y establecimientos sanitarios según lo establecido en el Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios, por parte de las personas trabajadoras, de los visitantes y de los pacientes con excepción de las personas ingresadas cuando permanezcan en su habitación.
B. En los centros sociosanitarios las personas trabajadoras, y los visitantes cuando estén en zonas compartidas.
C. En los medios de transporte aéreo, por ferrocarril o por cable y en los autobuses, así como en los transportes públicos de viajeros. En los espacios cerrados de buques y embarcaciones en los que no sea posible mantener la distancia de 1,5 metros, salvo en los camarotes, cuando sean compartidos por núcleos de convivientes.
El Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra ha elaborado un documento que recoge recomendaciones para decidir sobre el uso de mascarillas en el ámbito laboral.
No hay comentarios disponibles, ¡sé la primera persona en comentar!