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PRESTACIÓN POR RIESGO DURANTE EL EMBARAZO Y/O LACTANCIA NATURAL

Cuando el puesto de trabajo pueden influir negativamente en la salud de la trabajadora embarazada o del feto o, en el supuesto de lactancia, del hijo menor de 9 meses

EN QUÉ CONSISTE

Es una prestación económica que se concede cuando no puedes continuar desempeñando tus funciones habituales en el trabajo debido a la existencia de riesgo que puede afectar al desarrollo del feto. Es una prestación económica por lo que todo lo referente al seguimiento médico del embarazo corresponde al servicio público de salud. Es importante destacar que la prestación de riesgo por embarazo evalúa únicamente el riesgo que puedas tener en tu puesto de trabajo y, por tanto, no tiene nada que ver con un embarazo de riesgo –este último se refiere a un embarazo complicado por determinadas circunstancias y es una situación totalmente ajena al ámbito laboral–.

CÓMO PROCEDER

En primer lugar, tu empresa tiene la obligación de adaptarte o reubicarte en otro puesto. Si no existiera alternativa posible, puedes solicitar la prestación de REL. Durante el periodo de disfrute de la prestación, seguirás cobrando el cien por cien de tu salario base de cotización.

CÓMO SOLICITARLA

Debe solicitarla de manera digital a través del siguiente formulario. En el debe completar todos los campos indicados y adjuntar la documentación requerida. 

PLAZOS DE RESOLUCIÓN

En un plazo de estimado de 7 días (el plazo legal máximo de respuesta es de 30 días), te enviaremos un certificado médico por correo postal indicando si se concede o no la prestación y, en caso afirmativo, desde qué día. Para realizar esta valoración, Mutua Navarra sigue los criterios médicos y de prevención de riesgos, basándose principalmente en la Guía de la Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia (SEGO). Si estuvieras en una situación de incapacidad temporal, la valoración se realiza cuando traes el alta, ya que al no estar trabajando n estás expuesta a ningún riesgo.

DOS SUPUESTOS
  • No concesión de la prestación: dispones de 30 días para poner una reclamación aportando nueva documentación.
  • Sí se concede el riesgo:
    • Trabajadora por cuenta ajena: la empresa nos informa de qué día procede a la suspensión del contrato (Certificado empresarial de suspensión del contrato – a cumplimentar por la empresa), la cual deberá ser a partir de la fecha de riesgo indicada. Una vez recibido el documento de suspensión del contrato de tu empresa, te informaremos por carta.
    • Trabajadora autónoma: la trabajadora deberá cumplimentar y enviar:
      • el Certificado empresarial de suspensión del contrato – a cumplimentar por la empresa 
      • la Declaración de situación de actividad – a cumplimentar por la autónoma
      • el recibo de la cuota de autónomos del mes anterior al inicio de la prestación

Esta documentación deberá ser cumplimenta y enviada a la dirección gestionprestaciones@mutuanavarra.es 

FINALIZACIÓN DE LA PRESTACIÓN

Deberás hacernos llegar el informe de maternidad o el libro de familia de forma presencial en cualquiera de nuestros centros o por correo a gestionprestaciones@mutuanavarra.es. En caso de que nos hayas autorizado, te informaremos del cobro a través del teléfono móvil, mediante un SMS. Con el fin de apoyarte al máximo en la gestión, desde Mutua Navarra nos encargaremos de comunicar el fin de la prestación a la Seguridad Social para que no tengas que preocuparte por nada.

Teléfono

948 19 44 70

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RIESGO DURANTE LA LACTANCIA

La prestación por riesgo durante la lactancia se da cuando en tu trabajo existen factores que hacen que la lactancia natural sea un peligro para el desarrollo de tu bebé.. Es importante diferenciarla de la prestación de lactancia de la Seguridad Social. La prestación por riesgo durante la lactancia sigue el mismo procedimiento que la prestación por riesgo durante el embarazo. Esta prestación comienza una vez finalizada la prestación de maternidad de la Seguridad Social —a partir de las 16 semanas— y se extiende hasta que el bebé cumple 9 meses. En este caso, deberás aportar, además de los documentos exigidos en la prestación de REL:

  • Informe del médico o del pediatra que justifique que estás dando de lactar
  • Resolución de maternidad del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS)
  • Libro de familia

Te recomendamos solicitar la prestación antes de finalizar la maternidad.

CÓMO SOLICITARLA

Debe solicitarla de manera digital a través del siguiente formulario. En el debe completar todos los campos indicados y adjuntar la documentación requerida. 

DOS SUPUESTOS
  • No concesión de la prestación: dispones de 30 días para poner una reclamación aportando nueva documentación.
  • Sí se concede el riesgo:
    • Trabajadora por cuenta ajena: la empresa nos informa de qué día procede a la suspensión del contrato (Certificado empresarial de suspensión del contrato – a cumplimentar por la empresa), la cual deberá ser a partir de la fecha de riesgo indicada. Una vez recibido el documento de suspensión del contrato de tu empresa, te informaremos por carta.
    • Trabajadora autónoma: la trabajadora deberá cumplimentar y enviar:
      • el Certificado empresarial de suspensión del contrato – a cumplimentar por la empresa 
      • la Declaración de situación de actividad – a cumplimentar por la autónoma
      • el recibo de la cuota de autónomos del mes anterior al inicio de la prestación

Esta documentación deberá ser cumplimenta y enviada a la dirección gestionprestaciones@mutuanavarra.es 

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