Se considera la prestación en aquellos supuestos en los que, debiendo la trabajadora cambiar de puesto de trabajo por otro compatible con su estado, según el art. 26 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, dicho cambio de puesto no resulte técnica u objetivamente posible o no pueda razonablemente exigirse por motivos justificados.
De modo similar, no se considera la prestación derivada de riesgos o patologías que puedan influir negativamente en su salud o en la del feto, cuando no esté relacionada con agentes, procedimientos o condiciones de trabajo del puesto desempeñado.
¿Cómo solicitar la prestación?
Esta prestación se solicita a instancia de la trabajadora que se encuentre en situación de embarazo o en situación de lactancia natural. Estos documentos, correctamente cumplimentados, y con toda la documentación requerida son:
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“Solicitud de certificado médico de riesgo durante el embarazo / o durante la lactancia natural”, a cumplimentar por la trabajadora, adjuntando entre otras cosas, un informe del facultativo del Servicio Público de Salud en el que se acredite la situación de embarazo así como la fecha probable del parto.
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“Declaración empresarial sobre la situación de riesgo”, a cumplimentar por la empresa. Se informará sobre las condiciones organizativas, “funciones generales” del puesto de trabajo ocupado por la mujer embarazada, así como sobre las “tareas concretas”, relacionadas con los factores de riesgo laboral presentes en dicho puesto de trabajo.
Con estos dos documentos y toda la documentación referida en ellos, Mutua Navarra admite a trámite el expediente.
Se analiza la existencia o no de riesgo, en función de las “tareas concretas” de su puesto de trabajo, emitiendo la certificación médica en caso afirmativo, se comunica el momento / la fecha a partir del cual se podrá dar inicio a la suspensión del contrato de trabajo o caso contrario, comunicando que no cabe iniciar el procedimiento dirigido a la obtención de la prestación.
Mutua Navarra podrá solicitar a la trabajadora y/o a la empresa toda aquella documentación o prueba adicional que se considere necesaria.
Cuando la trabajadora se encuentre en situación de Incapacidad Temporal, y durante la misma, solicite la prestación de riesgo, no procederá el reconocimiento del subsidio, hasta que esta situación cese, por cualquiera de las causas legalmente o reglamentariamente establecidas.
Solicitud del subsidio
Tras la certificación de riesgo expedida por Mutua Navarra, la trabajadora presentará el impreso “Solicitud de prestación económica durante el embarazo / o durante la lactancia natural”, junto con los documentos que se solicitan en el mismo.
La empresa cumplimentará los documentos “Declaración empresarial de suspensión del contrato” y “Datos salariales para la prestación económica”.
A la vista de toda la documentación presentada, y comprobados todos los requisitos formales, hechos y condiciones exigidos para acceder al subsidio, Mutua Navarra dictará resolución expresa que se notificará en el plazo de 30 días, contados desde la recepción de la solicitud de la interesada.
La trabajadora y la empresa comunicarán a Mutua Navarra cualquier circunstancia que implique la suspensión o extinción del derecho al subsidio.
Estas actuaciones están enmarcadas en el R.D. 295/2009, por el que se regulan las prestaciones económicas por riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural.
Cuando se produzcan contradicciones en las declaraciones y certificaciones presentadas en la solicitud o concurran indicios de posible connivencia para obtener la prestación, se podrá solicitar informe a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Para más información llame al 948 194 400 y pregunte por la “prestación de riesgo durante el embarazo o la lactancia natural”.
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