La empresa debe comunicar a Mutua Navarra las bajas y altas médicas, por contingencias comunes, mediante la presentación de los correspondientes partes médicos: ejemplares correspondientes a INSS o Mutua y empresa. Este último debe notificarse a través del sistema Red. Dicha comunicación debe realizarse en los cinco días siguientes al de recepción.
Asimismo, mientras dure la situación de incapacidad temporal, el trabajador debe recoger semanalmente los Partes de Confirmación, que también se deben presentar en Mutua Navarra.
La tramitación de las bajas, altas y partes de confirmación por el Sistema Red no exime de la presentación en Mutua de los ejemplares correspondientes al INSS o a Mutua necesarios para llevar a cabo el correspondiente seguimiento médico.
Mutua Navarra lleva a cabo un seguimiento médico de todos los trabajadores que se encuentren en situación de Incapacidad Temporal, respetando en todo momento su derecho a la intimidad y dignidad, y garantizando la confidencialidad de las informaciones referidas a su estado sanitario.
En aquellos casos en los que el médico encargado del seguimiento del proceso lo considere oportuno, se realizarán las pruebas complementarias y las actuaciones sanitarias pertinentes, siempre con el consentimiento del trabajador. Asimismo, si fuera necesario se trabajaría en colaboración con los médicos del Servicio Público de Salud o se realizarían actuaciones ante la Inspección Médica.
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