Solicitud de la cobertura de ITCC.
Los documentos deben estar presentados antes del 1 de octubre del año en curso y tendrán efecto el 1 de enero del año siguiente.
Los documentos deben estar presentados antes del 1 de octubre del año en curso y tendrán efecto el 1 de enero del año siguiente. Se presentarán en la Tesorería de la Seguridad Social:
La cobertura por accidente de trabajo para los autónomos, de carácter opcional, se puede solicitar sólo por año completo y en períodos anuales, una vez que se agota la Incapacidad Temporal por Contingencia Común.
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